10 CLAVES DE LA NUEVA LEY DE HOME OFFICE

A partir del 12 de enero de este año, el Home Office finalmente fue regulado en México mediante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), y se ha hecho oficial en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

A raíz del año pasado, con el tema de la pandemia, miles de personas fueron enviadas a casa a trabajar para preservar su salud y evitar la propagación de contagios. Esto desencadenó un sinfín de situaciones derivadas de la inexperiencia, y del abuso tanto de empleados como de patrones. Es por ello que surgió una urgencia por regular esta nueva modalidad de trabajo y finalmente, en diciembre del 2020, la Cámara de Diputados aprobó con algunas modificaciones, la inclusión de esta nueva reforma laboral.

Los aspectos clave para entender esta nueva regulación son:

  1. Se considera teletrabajo cuando una persona labora, al menos, 40% del tiempo desde su casa
  2. Para que se aplique esta reforma, los detalles de esta modalidad de trabajo deben establecerse por escrito. Es decir, para que esta reforma aplique, el personal debe ser contratado bajo esta modalidad. Así que no, el hecho de trabajar desde casa debido a la contingencia sanitaria no otorga los derechos de esta reforma.
  3. El patrón y el trabajador decidirán si la modalidad de trabajo será presencial o por teletrabajo, esto sin que afecte la relación laboral.
  4. El trabajador tiene derecho a regresar a laborar de manera presencial cuando le sea posible o así lo requiera.
  5. Los trabajadores deben estar dados de alta ante el IMSS, como trabajadores formales.
  6. Se deberán definir los días y el horario de trabajo, así como los medios de comunicación con la empresa.
  7. Los trabajadores tendrán derecho a la desconexión digital cuando termine su jornada laboral.
  8. Los patrones tendrán derecho a supervisar a los empleados mediante cámaras de video y/o micrófonos, siempre y cuando no se viole su privacidad.
  9. Los trabajadores tendrán derecho a las capacitaciones correspondientes para mejorar sus competencias digitales.
  10. El patrón tiene la obligación de otorgar las herramientas de trabajo necesarias para que los trabajadores realicen sus actividades, así como pagar de manera proporcional, el internet y la electricidad.

Sin embargo, esta nueva reforma trae consigo nuevos retos:

  1. Vigilancia e inspección de las autoridades que, por ser una nueva modalidad, carecen de especialización en el tema y, además, cuentan con poco presupuesto. Dichas autoridades tendrán que vigilar que los salarios no sean inferiores a los trabajadores que desempeñan sus funciones de manera presencial; que la empresa realice el pago proporcional de los insumos del teletrabajador, así como verificar que dichos empleados cuenten con seguridad en su lugar de trabajo.
  2. Los riesgos de trabajo no contemplados en el trabajo desde casa. Se deben incluir aquellas enfermedades que pudieran producirse dentro de casa o por la forma en la que se labora desde el domicilio.
  3. Mecanismos puntuales para el pago proporcional de los servicios de internet y electricidad.
  4. La supervisión por parte de la empresa puede rayar en la invasión a la privacidad.

Ante esta nueva reforma, las organizaciones y las autoridades laborales deberán ponerse al día para su aplicación y regulación, haciendo uso de herramientas tecnológicas, ya que esta modalidad no se puede supervisar con las medidas tradicionales.